Retrono a Uruguay (para uruguayos) Retorno definitivo (al amparo de la Ley 18.250 y Decreto 330/2008)     De acuerdo al Art. 76 de la Ley 18.250 de 06.01.2008 y Decreto 330/2008, todo uruguayo con más de dos años de  residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de  toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos:  A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación;  B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio;  C) Por una única vez, un vehículo automotor de su propiedad afectado al uso en el país de residencia con un  mínimo de un año de antigüedad al momento del retorno, el que no podrá ser transferido hasta transcurrido un  plazo de dos años a contar desde su ingreso a la República. El régimen a que esté sujeto el automotor deberá  constar en los documentos de empadronamiento municipal y en el Registro Nacional de Automotores. El citado  vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Municipal  correspondiente.  Documentos necesarios para trámite en Uruguay, puntos A) y B):   >  Certificado de Residencia, expedido por el Consulado en base a una Erweiterte Meldeauskunft expedido por la  Meldebehörde (Bürgeramt).    >  Lista de Enseres Personales, visada por el Consulado. Se deberá confeccionar una Lista de los Enseres, en  idioma español, que se llevará a la República detallando marca y características de los electrodomésticos. Se debe  encabezar la lista de la siguiente manera: "Lista de enseres personales de ... (nombre completo de la Persona)  Declaro que todos los enseres enumerados a continuación son usados y que son exclusivamente para el uso de mi  familia y personal."   En el caso de retornar con herramientas (punto B) también se le exigirá un certificado de profesión u oficio.  Documentos mínimos necesarios para trámite, punto C):    >  Certificado de Residencia, expedido por el Consulado en base a una Erweiterte Meldeauskunft expedido por la  Meldebehörde (Bürgeramt) de su localidad;    >  Título de propiedad del automóvil, Fahrzeugbrief o Zulassungsbescheinigung teil II, apostillado por la autoridad  competente de Alemania.   >  Constancia de realización de actividad remunerada en Alemania, legalizada por el Consulado o apostillada por la  autoridad competente de Alemania, según corresponda.  Para obtener los documentos mencionados favor contacte, con antelación de mínimo un mes antes de su regreso,  con el Consulado de Distrito con circunscripción sobre el Estado Federado donde reside actualmente.    Las actuaciones consulares están exoneradas de pago.   Plazos: 1. el/la interesado/a debe presentarse ante el Centro de Atención Ciudadana del Ministerio de Relaciones Exteriores  dentro de los 60 días siguientes a su arribo a la República y;  2. la llegada a Uruguay del contenedor conteniendo los efectos y/o bienes mencionados en los puntos A), B) y C)  debe producirse en el plazo de seis meses contados a partir de la fecha de arribo de el/la interesado/a a la  República.  (!) Este régimen solo es posible utilizarlo una única vez.   Con los documentos mencionado obtenidos en el Consulado, el/la interesado/a debe presentarse ante el Centro de  Atención Ciudadana del Ministerio de Relaciones Exteriores.     Retorno (al amparo del Decreto 139/014) A todo uruguayo con más de un año de residencia en el exterior, se le permite ingresar al país, exentos de tributos,  sus muebles y otros bienes de uso doméstico, herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el  ejercicio de su profesión, arte u oficio, individualmente considerado.  Bajo este régimen, no se autoriza el ingreso de vehículos, ni se exoneran los costos de la legalización de la  documentación por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.    El trámite se inicia siempre en el Consulado correspondiente, donde obtendrá los documentos necesarios para  trámite en Uruguay:   >  Certificado de Residencia, expedido por el Consulado en base a una Erweiterte Meldeauskunft expedido por la  Meldebehörde (Bürgeramt).    >  Lista de Enseres Personales, visada por el Consulado. Se deberá confeccionar una Lista de los Enseres, en  idioma español, que se llevará a la República detallando marca y características de los electrodomésticos. Se debe  encabezar la lista de la siguiente manera: "Lista de enseres personales de ... (nombre completo de la Persona)  Declaro que todos los enseres enumerados a continuación son usados y que son exclusivamente para el uso de mi  familia y personal."   Para obtener los documentos mencionados favor contacte, con antelación de mínimo un mes antes de su regreso,  con el Consulado de Distrito con circunscripción sobre el Estado Federado donde reside actualmente.   El costo de los trámites está fijado en U$S:   - certificado de residencia U$S 108    - visto lista de eneseres personales U$S 144  El costo de los trámites en € se fija mensualmente de acuerdo al tipo de cambio U$S/€.    Con los documentos mencionados, obtenidos en el Consulado, el/la interesado/a debe presentarse ante el Centro  de Atención Ciudadana del Ministerio de Relaciones Exteriores.   
Manual para el Retorno